La Justicia resolvi贸 la prohibici贸n de pescar en tres primeras millas n谩uticas cercanas a Mar del Plata y donde opera parte de la flota marplatense.
La prohibici贸n lleg贸 de parte del juez en lo contencioso administrativo Dr. Marcelino Escobar, en una causa iniciada por el exconcejal de Villa Gesell Hern谩n Luna, noticia que ya hab铆amos dado a conocer all谩 por el mes de septiembre de 2021.
El Juez Marcelino Escobar, del Departamento Judicial de Dolores, tom贸 esta resoluci贸n haciendo lugar a la petici贸n presentada por el mencionado edil y que se refiere a la pesca de arrastre frente a las costas de Villa Gesell.
La prohibici贸n de pesca de arrastre en las tres primeras millas n谩uticas que eman贸 el magistrado, indica en su resoluci贸n que:
- Hacer lugar a la medida cautelar peticionada por el accionante, y en el marco del principio precautorio, ordenar al Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires que proceda a suspender los efectos de las resoluciones N潞 S.S.A.P. N潞 24/06 y N潞 32/06 sobre todas las embarcaciones que cuenten con autorizaci贸n para realizar la pesca mediante red de arrastre en el lugar, hasta tanto dicho organismo, como Autoridad de Aplicaci贸n acompa帽e o elabore un Estudio de Impacto Ambiental que lo habilite de modo expreso y fundado para desarrollar la actividad de pesca de arrastre en las primeras tres millas n谩uticas de la ribera mar铆tima del Partido de Villa Gesell.
La Resoluci贸n N潞 24/06 y que esgrime el Juez Escobar fue firmada el 8 de junio de 2006, mientras que la 32/06 se rubric贸 al d铆a siguiente.
La demanda iniciada por Luna contra el Fisco de la Provincia de Buenos Aires donde solicita una 鈥淎cci贸n de Recomposici贸n Ambiental鈥 donde tiene como objeto iniciar una demanda de protecci贸n a los fines de prevenci贸n degradantes al medio ambiente en contra de la Provincia de Buenos Aires, procediendo 鈥揹ice la demanda- a anular todos los permisos de pesca expedidos por la Provincia de Buenos Aires que autorice actividad de pesca por arrastre en las primeras millas n谩uticas del frente costero del Partido de Villa Gesell, asumiendo las medidas de control pertinente para impedir su violaci贸n.
La medida cautelar refiere justamente al pedido interpuesto por Luna donde indica que 鈥淎s铆, en car谩cter de medida cautelar, hasta tanto se dicte sentencia o var铆en las situaciones f谩cticas verificadas en ese momento, solicito se ordene al Ministerio Asuntos Agrarios proceda a suspender todo permiso de pesca por arrastre otorgado para ser utilizado en las primeras 4 millas n谩uticas del Partido de Villa Gesell asimismo se le ordene a la Prefectura Naval Argentina, con asiento en el puerto de Mar del Plata y General Lavalle, asuma las medidas de control para certificar que embarcaciones con amarre en dichas instalaciones no invaden las primeras 4 millas n谩uticas de Partido de Villa Gesell, efectuando informes mensuales a este organismo jurisdiccional del avance y cumplimiento de la orden judicial鈥.
Preocupaci贸n para el sector mas hist贸rico de la pesca marplatense, las lanchas amarillas, en quienes impacta de lleno estas medidas. Se analizan medidas junto a la flota de Lavalle, que hace lo propio en la captura de corvina costera dentro de la Bah铆a de Samboromb贸n.
Si bien no se han pronunciado p煤blicamente a煤n al respecto desde del sector de la flota costera, las actuaciones no demorar谩n en llegar. Ante esta resoluci贸n y consultados por PESCARE, actores del sector se han manifestado fuera de microfono, mostrando su preocupaci贸n al respecto, considerando una injusticia la determinaci贸n del juez del Departamento Judicial de Dolores.





