La Justicia resolvió la prohibición de pescar en tres primeras millas náuticas cercanas a Mar del Plata y donde opera parte de la flota marplatense.
La prohibición llegó de parte del juez en lo contencioso administrativo Dr. Marcelino Escobar, en una causa iniciada por el exconcejal de Villa Gesell Hernán Luna, noticia que ya habíamos dado a conocer allá por el mes de septiembre de 2021.
El Juez Marcelino Escobar, del Departamento Judicial de Dolores, tomó esta resolución haciendo lugar a la petición presentada por el mencionado edil y que se refiere a la pesca de arrastre frente a las costas de Villa Gesell.
La prohibición de pesca de arrastre en las tres primeras millas náuticas que emanó el magistrado, indica en su resolución que:
- Hacer lugar a la medida cautelar peticionada por el accionante, y en el marco del principio precautorio, ordenar al Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires que proceda a suspender los efectos de las resoluciones Nº S.S.A.P. Nº 24/06 y Nº 32/06 sobre todas las embarcaciones que cuenten con autorización para realizar la pesca mediante red de arrastre en el lugar, hasta tanto dicho organismo, como Autoridad de Aplicación acompañe o elabore un Estudio de Impacto Ambiental que lo habilite de modo expreso y fundado para desarrollar la actividad de pesca de arrastre en las primeras tres millas náuticas de la ribera marítima del Partido de Villa Gesell.
La Resolución Nº 24/06 y que esgrime el Juez Escobar fue firmada el 8 de junio de 2006, mientras que la 32/06 se rubricó al día siguiente.
La demanda iniciada por Luna contra el Fisco de la Provincia de Buenos Aires donde solicita una “Acción de Recomposición Ambiental” donde tiene como objeto iniciar una demanda de protección a los fines de prevención degradantes al medio ambiente en contra de la Provincia de Buenos Aires, procediendo –dice la demanda- a anular todos los permisos de pesca expedidos por la Provincia de Buenos Aires que autorice actividad de pesca por arrastre en las primeras millas náuticas del frente costero del Partido de Villa Gesell, asumiendo las medidas de control pertinente para impedir su violación.
La medida cautelar refiere justamente al pedido interpuesto por Luna donde indica que “Así, en carácter de medida cautelar, hasta tanto se dicte sentencia o varíen las situaciones fácticas verificadas en ese momento, solicito se ordene al Ministerio Asuntos Agrarios proceda a suspender todo permiso de pesca por arrastre otorgado para ser utilizado en las primeras 4 millas náuticas del Partido de Villa Gesell asimismo se le ordene a la Prefectura Naval Argentina, con asiento en el puerto de Mar del Plata y General Lavalle, asuma las medidas de control para certificar que embarcaciones con amarre en dichas instalaciones no invaden las primeras 4 millas náuticas de Partido de Villa Gesell, efectuando informes mensuales a este organismo jurisdiccional del avance y cumplimiento de la orden judicial”.
Preocupación para el sector mas histórico de la pesca marplatense, las lanchas amarillas, en quienes impacta de lleno estas medidas. Se analizan medidas junto a la flota de Lavalle, que hace lo propio en la captura de corvina costera dentro de la Bahía de Samborombón.
Si bien no se han pronunciado públicamente aún al respecto desde del sector de la flota costera, las actuaciones no demorarán en llegar. Ante esta resolución y consultados por PESCARE, actores del sector se han manifestado fuera de microfono, mostrando su preocupación al respecto, considerando una injusticia la determinación del juez del Departamento Judicial de Dolores.