La discusión por el régimen de practicaje llegó a la Cámara de Diputados a partir de un proyecto de resolución presentado por la diputada nacional Agustina Propato, quien solicitó al Poder Ejecutivo una serie de precisiones sobre el futuro del Decreto 690/2026, actualmente suspendido, y las modificaciones previstas para la actividad.
La iniciativa apunta, en primer término, a determinar cuál es la situación jurídica de la reforma impulsada a fines de julio. En concreto, solicita que el Ejecutivo informe si el Decreto 690/2026 se encuentra derogado o si únicamente permanece suspendida temporalmente su ejecución y, en este último caso, si existe una fecha prevista para que vuelva a producir efectos.
El decreto había establecido un nuevo Reglamento de los Servicios de Practicaje y Pilotaje para los ríos, puertos, pasos y canales del país. Sin embargo, su aplicación fue suspendida el 5 de agosto mediante el Decreto 716/2026, luego del conflicto generado con el sector y la interrupción de la prestación del servicio. La norma restableció temporalmente el régimen anterior y dispuso la conformación de una Mesa de Trabajo destinada a avanzar en la discusión de las modificaciones.
La precisión jurídica resulta determinante: el Decreto 690/2026 conserva existencia normativa, aunque sus efectos permanecen suspendidos. Durante ese período recuperaron plena vigencia las disposiciones que habían sido derogadas, sustituidas o modificadas por la reforma, entre ellas el régimen anterior de formación, titulación y habilitación de los prácticos.
Uno de los principales puntos del proyecto está relacionado con el eventual traslado de competencias entre la Armada Argentina y la Prefectura Naval Argentina.
El artículo 17 del Decreto 690/2026 establecía un plazo de 180 días corridos para que la Armada transfiriera a la Prefectura los procesos de titulación de los prácticos y baqueanos. A su vez, el nuevo reglamento disponía que los prácticos serían titulados y habilitados por Prefectura, lo que modificaba la distribución de atribuciones vigente hasta entonces.
Bajo el régimen restituido por el Decreto 716/2026, el título de práctico es otorgado por la Armada Argentina, por delegación de la autoridad competente, mientras que la Prefectura Naval Argentina concede la habilitación necesaria para ejercer la actividad. Los aspirantes también deben aprobar los exámenes determinados por la institución naval.
Por ese motivo, Propato solicita conocer si la transferencia prevista por la reforma será mantenida en caso de que el Decreto 690/2026 vuelva a producir efectos y qué intervención conservaría la Armada dentro del nuevo esquema.
El pedido también busca determinar si el Ministerio de Defensa y la propia Armada participaron de la elaboración del Decreto 690/2026 y del reglamento que lo acompaña.
La preocupación planteada en el proyecto parte de la relación que existe entre la formación del personal de la Marina Mercante y la Reserva Naval. La Ley 20.447 establece que el sistema de formación y capacitación debe considerar la situación de ese personal como reserva naval de la Armada Argentina, vínculo que incorpora una dimensión relacionada con las capacidades disponibles para la Defensa Nacional.
Desde esa perspectiva, el proyecto advierte que trasladar esas funciones desde la Armada hacia la Prefectura excedería un cambio administrativo, debido a sus posibles implicancias sobre la formación profesional y la vinculación del personal de la Marina Mercante con la Reserva Naval. Por eso, Propato solicita al Gobierno que informe si este aspecto será contemplado tanto ante una eventual reanudación del Decreto 690/2026 como en caso de que se avance con un nuevo reglamento.
Otro eje apunta al funcionamiento de la Mesa de Trabajo. La diputada solicita conocer si se encuentra efectivamente en actividad, quiénes la integran y si el Ministerio de Defensa participa de las conversaciones.
El interrogante surge de la propia conformación dispuesta por el Decreto 716/2026. La norma estableció que la Mesa de Trabajo estaría integrada por funcionarios del Ministerio de Seguridad Nacional, la Prefectura Naval Argentina y la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, junto con representantes del sector vinculado al practicaje y pilotaje. La Armada Argentina y el Ministerio de Defensa no fueron incluidos expresamente entre sus integrantes.
La presentación incorpora así al debate legislativo una cuestión que hasta ahora venía siendo abordada dentro de la negociación abierta tras la suspensión del decreto: qué aspectos de la reforma continuarán en discusión y, particularmente, cuál será el lugar de la Armada Argentina en un eventual nuevo esquema de practicaje.
Por el momento, el Decreto 690/2026 permanece suspendido en los términos establecidos por el Decreto 716/2026. Mientras se discute una eventual reformulación del régimen, la Armada conserva la intervención en la titulación y evaluación de los prácticos y la Prefectura mantiene la responsabilidad de habilitarlos para el ejercicio profesional. La respuesta del Poder Ejecutivo deberá precisar si esa distribución continuará vigente o si la transferencia de competencias volverá a formar parte de la reforma.






