El encuentro fue presidido por el Dr. Juli谩n Su谩rez, contando con un quorum de diez miembros presentes, donde todas las provincias con litoral mar铆timo estuvieron representadas.
El primero de los temas abordados fue sobre el R茅gimen de CITC de Merluza com煤n, donde la Provincia de Buenos Aires solicit贸 asignaci贸n de toneladas de la especie, donde se expresa que del informe obrante surge que la disponibilidad en la Reserva Social de la Provincia de Buenos Aires (35 toneladas) no es suficiente para atender la solicitud.
Por tal motivo, la Representante de la citada provincia solicita imputar las toneladas faltantes a la Reserva Social de la Autoridad de Aplicaci贸n que cuenta con una disponibilidad de 1.143,7 toneladas.
A partir de lo expuesto y con la conformidad de la Autoridad de Aplicaci贸n, se decidi贸 por unanimidad trasladar 295 toneladas de la Reserva Social de la Autoridad de Aplicaci贸n a la Reserva Social de la Provincia de Buenos Aires, y de esta 煤ltima asignar:
– 100 toneladas para el buque SFIDA (M.N. 01567)
– 150 toneladas para el buque ANTONIA D (M.N. 03217)
– 80 toneladas para el buque INS脫LITO (M.N. 0758).
La asignaci贸n precedente qued贸 sujeta a los t茅rminos y condiciones fijados en la Resoluci贸n CFP N掳 30/2009, el Acta CFP N掳 29/2015 y la nota de la referencia remitida por la Subsecretar铆a de Agricultura, Ganader铆a y Pesca de la Provincia de Buenos Aires.
Asimismo, a solicitud de la Provincia, los cupos asignados deber谩n ser capturados antes del d铆a 30 de agosto de 2023 bajo apercibimiento de ser restituidos autom谩ticamente a la Reserva Social de la Provincia.
CAABPA a trav茅s de una nota del 22 de mayo 煤ltimo solicit贸 la renovaci贸n del mecanismo dispuesto por la Resoluci贸n CFP N掳 5/2022, para lo cual la Representante de la Provincia de Buenos Aires solicit贸 la implementaci贸n del mecanismo de puesta a disposici贸n de vol煤menes de merluza com煤n que los buques no capturar谩n durante el per铆odo 2023, en los mismos t茅rminos de lo dispuesto por la Resoluci贸n CFP N掳 5/2022 para el a帽o pasado, para su incorporaci贸n a la Reserva de Administraci贸n de la especie del corriente a帽o y posterior reasignaci贸n a fin de lograr el m谩ximo aprovechamiento por parte de las plantas en tierra y una mejor distribuci贸n de las capturas y descargas.
Por su parte, la C谩mara de Armadores de Buques Pesqueros de Altura (CAABPA) solicit贸 que se reedite para el 2023 el mecanismo transitorio dispuesto para el a帽o anterior por la resoluci贸n antes citada, para que los titulares de CITC de merluza com煤n puedan poner a disposici贸n del CFP el porcentaje de la cuota (con un m谩ximo del 50%) que, seg煤n sus c谩lculos, no capturar谩n durante el per铆odo anual 2023.
En relaci贸n con la solicitud recibida, el CFP ha analiz贸 el impacto de las medidas similares adoptadas en los a帽os anteriores. Con el fin de lograr el m谩ximo desarrollo sostenible de la actividad, mediante la Resoluci贸n CFP N掳 10/2021 se estableci贸 la posibilidad de poner a disposici贸n un volumen de CITC de merluza para su integraci贸n a la Reserva de Administraci贸n.
Para el per铆odo anual 2022, se consider贸 conveniente adoptar una medida similar a la del per铆odo anterior, con un porcentaje de la cuota puesta a disposici贸n limitado a un m谩ximo del 50 %. Tal medida ha demostrado su efectividad a los fines de mantener y aumentar la mano de obra empleada en las plantas de procesamiento en tierra, como as铆 tambi茅n asegurar la continuidad de esta actividad durante todo el a帽o.
A partir de lo expuesto, se dio tratamiento a un proyecto de resoluci贸n a trav茅s del cual se permite que el titular de CITC de la especie merluza com煤n pueda poner a disposici贸n del CFP hasta el 50% del volumen anual de la CITC, correspondiente al per铆odo 2023, que estime que no capturar谩, para integrarlo a la Reserva de Administraci贸n, a partir del d铆a 1掳 de junio y hasta el d铆a 21 de julio de 2023.
Sobre la disponibilidad en las reservas de CITC merluza de cola (Macruronus magellanicus), la empresa PRODESUR S.A. elev贸 una nota solicitando asignaci贸n de un volumen de 5.000 toneladas de la Reserva de Administraci贸n de la especie, para ser capturadas por el buque TAI AN (M.N. 1530) durante el a帽o 2023, encontr谩ndose pr贸xima a iniciar su tercer viaje de pesca del a帽o en curso, para lo cual de los informes obras surge que el estado de explotaci贸n de las CITC de la especie y que la disponibilidad en la Reserva de Administraci贸n de la misma asciende a 4.365,1 toneladas, las cuales fueron asignadas de la Reserva de Administraci贸n de un volumen de captura de 2.000 toneladas a favor del mencionado buque.
En referencia al Pleoticus muelleri las C谩maras CAAPBA y CAPEAR ALFA, solicitaron reserva y asignaci贸n de cupo de langostino del FAFP, para buques asociados a las instituciones.
El INIDEP actualiz贸 informaci贸n sobre la pesquer铆a de calamar al d铆a 16/05/23, explicando que al sur del paralelo 39掳 S y con posterioridad a lo observado la semana anterior al norte de dicho paralelo, se detect贸 la aparici贸n del mismo grupo de calamares peque帽os, especialmente en el rect谩ngulo 4057 donde la flota potera concentr贸 su actividad, con un 65% de la captura total correspondiente a las categor铆as 2S/3S, y recomend贸 el cierre de la pesca en toda el 谩rea a los efectos de permitir el crecimiento de los ejemplares y propiciar la sostenibilidad del recurso, con lo cual queda explicada la suspensi贸n de las tareas de pesca de calamar al norte del paralelo 44掳 de latitud Sur a partir del 16/05/23 por el lapso de 21 d铆as corridos.
La DNCyFP remiti贸 informe final de la prospecci贸n de abadejo realizada en el mes de marzo, aprobada en el Acta CFP N掳 2/2023, mediante la cual se present贸 el Informe Final de la Prospecci贸n de Abadejo (Genypterus blacodes), el cual contiene el listado final de buques participantes en la prospecci贸n, luego de los reemplazos efectuados, la distribuci贸n de los mismos por sub谩rea y el an谩lisis de la operatoria diaria de los buques.
Finalmente se inform贸 el listado de los buques que incurrieron en incumplimientos durante la prospecci贸n, sin justificaci贸n, carecer de las condiciones m铆nimas de embarque del observador, operar por fuera de las sub谩reas habilitadas, superar el m谩ximo de d铆as entre viajes, no realizar la cantidad m铆nima de lances previstos por viaje de pesca, iniciar tard铆amente el primer viaje, desistir del segundo viaje.
Del mismo modo el INIDEP remiti贸 el Informe de Investigaci贸n N掳 34/2023: 芦Resultados de la prospecci贸n de abadejo (Genypterus blacodes) en proximidades del l铆mite de la Zona Econ贸mica Exclusiva entre 40掳 y 43掳 30鈥 durante el mes de marzo de 2023鈥, donde se presentaron los resultados de la prospecci贸n de abadejo, aprobada en el Acta CFP N掳 02/2023, con el objetivo de estimar la captura y los rendimientos de abadejo, como as铆 tambi茅n de conocer la estructura de longitudes y la condici贸n reproductiva de la poblaci贸n.
La prospecci贸n se llev贸 a cabo entre el 27 de febrero y el 28 de marzo del a帽o en curso, en la regi贸n definida entre los paralelos 40掳 y 43掳 30鈥 de latitud Sur y entre los meridianos 56掳y 60掳 de longitud Oeste, que a su vez se dividi贸 en 5 谩reas.
La captura total declarada de abadejo fue de 277,59 toneladas. El mayor rendimiento medio se obtuvo entre 41掳 y 42 掳S (谩rea 3) con 1,62 toneladas por hora (t/h), mientras que los mayores rendimientos por lance se localizaron en las 谩reas 1 y 3 (entre 40掳 y 42掳 S), con valores pr贸ximos a las 8,5 t/h.
Se evidenci贸 un patr贸n latitudinal en la estructura de longitudes, con rangos m谩s amplios y ejemplares de mayor tama帽o en las 谩reas m谩s norte帽as. Al norte del paralelo 42掳 S (谩reas 1 a 3), la moda se posicion贸 pr贸xima, o por encima de la longitud de primera madurez, con valores de 70, 81 y 84 cm de largo total (LT) para las 谩reas 1, 2 y 3 respectivamente. En las 谩reas 4 y 5 el valor registrado fue de 65 cm LT, en ambos casos.
El an谩lisis de condici贸n reproductiva indic贸 que aproximadamente el 60% de la poblaci贸n adulta estaba sexualmente activa (en estadios Maduraci贸n, Puesta o Post-puesta) aunque los ejemplares en condici贸n de Puesta estuvieron escasamente representados. Asimismo, se destac贸 que, tanto los rendimientos por lance como por 谩rea, han mostrado una tendencia decreciente a lo largo de los tres a帽os consecutivos en los que se han realizado las prospecciones.
Adem谩s el Instituto adjunt贸 el Informe T茅cnico Oficial N掳 15/2023: 鈥淓valuaci贸n de biomasa de vieira patag贸nica. Unidad de Manejo C. Recomendaciones para el a帽o 2023鈥, presentando los resultados de la Campa帽a de Evaluaci贸n de Biomasa de vieira patag贸nica, realizada en la Unidad de Manejo (UM) C, a bordo del buque pesquero ERIN BRUCE, entre los d铆as 17 y 31 de marzo de 2023.
A partir de la misma se pudo observar el ingreso al stock pescable de los ejemplares de edades 0+ y 1+, detectados durante la 煤ltima campa帽a de investigaci贸n que se realiz贸 en la zona, en el a帽o 2019. A su vez, se registr贸 la presencia de ejemplares no comerciales pr贸ximos a incorporarse al stock pescable. Por otra parte, el n煤mero de ejemplares menores a 40 mm AT registrado, indicar铆a reclutamientos pobres o fallidos en las 煤ltimas temporadas reproductivas, lo que implicar铆a una reducci贸n de las biomasas potencialmente extra铆bles en el mediano plazo.
El informe expresa que, analizada la totalidad de los lances realizados y los que cumplieron con las dos condiciones que permiten habilitar a la pesca (contar con mayor铆a en n煤mero de ejemplares de longitud comercial y, a la vez, densidad de ejemplares comerciales igual o superior a DIEZ (10) toneladas/km2), sugiere habilitar la actividad extractiva dentro de la UM C, estableciendo dos 谩reas de cierre (C1 y C2) con la finalidad de proteger ejemplares de talla no comercial.
En este contexto, el Instituto present贸 diferentes alternativas a implementar respecto de las biomasas a extraer en la UM C durante el a帽o 2023, en el 谩rea factible de pesca, seg煤n se considere el 40% de la biomasa media o el 40% del l铆mite inferior del intervalo de confianza del estimador de biomasa. Asimismo, teniendo en cuenta la variabilidad de los valores de densidad registrados y de los escasos registros de reclutamientos al fondo, recomienda mantener un criterio precautorio.
En lo que refiere al plano temporal, atendiendo a la posibilidad de brindar una mayor previsibilidad a fin de facilitar los aspectos operativos de la actividad, el CFP considera oportuno establecer la Captura M谩xima Permisible para los per铆odos anuales 2023 y 2024.
Teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente, se da tratamiento a un proyecto de resoluci贸n a trav茅s del cual:
1. Se establece la CMP de vieira patag贸nica (Zygochlamys patagonica) en la UM C, para el per铆odo comprendido entre el 1o de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024, en 18.727 toneladas.
2. Se proh铆be la captura de la especie en las Sub谩reas C1 y C2 dentro de la UM C hasta el 31/12/2024.
En relaci贸n con la recomendaci贸n de CMP y la decisi贸n de establecer el valor recomendado por los pr贸ximos dos a帽os, se solicita al INIDEP que se lleve a cabo la campa帽a de evaluaci贸n del a帽o pr贸ximo en esta Unidad de Manejo a fin de ajustar el valor de CMP fijado en esta oportunidad.
Por 煤ltimo, el informe expresa que se observaron lances con presencia de ejemplares de talla no comercial que, debido a su posici贸n geogr谩fica, no permiten definir un 谩rea de cierre. Por ello, a fin de protegerlos, recomienda evitar la actividad pesquera en las inmediaciones de los mismos (aproximadamente una milla n谩utica).
A partir de lo expuesto se solicita a la DNCyFP que informe la solicitud del INIDEP a los titulares de permisos de pesca de los buques que operan sobre la especie, y que contin煤e realizando un seguimiento de las operaciones de pesca en estas zonas.
Finalmente, se decidi贸 por unanimidad aclarar que, en cuanto a la aplicaci贸n del R茅gimen de CITC para los per铆odos anuales 2023 y 2024, para la UM C, el R茅gimen de explotaci贸n de la especie se computar谩 para cada cuota individual cuantificada sobre la base de la CMP establecida precedentemente, en el porcentaje que resulte al finalizar el per铆odo 2024, y se imputar谩 el cumplimiento o incumplimiento -total o parcial- para ambos per铆odos (2023 y 2024) en forma proporcional.
La CAFACH solicit贸 autorizaci贸n para desarrollar operaciones de pesca de ancho铆ta en el AVPJM, por lo cual considerando que en las temporadas pasadas, ante una consulta similar, el INIDEP ha manifestado que no cuenta con elementos biol贸gicos o cient铆ficos para desalentar que buques comerciales operen sobre especies pel谩gicas con red de arrastre de media agua y en horas diurnas, en la zona mencionada, y que se han autorizado operatorias similares, se decidi贸 por unanimidad autorizar, durante el corriente per铆odo anual, la operatoria de la flota fresquera para la captura exclusiva de ancho铆ta en el AVPJM, entre los paralelos 42掳 y 44掳 de latitud Sur. La autorizaci贸n qued贸 sujeta a: 1. Utilizar red de media agua. 2. Operar solamente durante las horas de luz diurna. 3. Declarar la intencionalidad de pescar ancho铆ta antes de iniciar la marea, de forma tal que la existencia exclusiva de artes de pesca pel谩gica pueda ser verificada a bordo. 4. Dar aviso en el momento en el que el buque se dispone a entrar a la zona de veda con los fines de captura exclusiva de la especie. 5. Comunicar, con al menos 24 horas de anticipaci贸n, la fecha y puerto en que se realizar谩 la descarga, con la finalidad de que la captura exclusiva de dicha especie pueda ser corroborada. 6. Establecer para el armador la obligatoriedad de embarcar un observador cient铆fico a bordo, de conformidad con la disponibilidad del INIDEP. En su defecto se podr谩 embarcar un Inspector de la DNCyFP u observadores provinciales disponibles.
La Subsecretar铆a de Agricultura, Ganader铆a y Pesca de la Provincia de Buenos Aires solicit贸 asignaci贸n de volumen de la Reserva de la especie correspondiente a su jurisdicci贸n, sobre el recurso Ancho铆ta, siendo el mismo de 1.000 toneladas para el buque SAN MAT脥AS (M.N. 0289), asign谩ndose por unanimidad el mismo.
En referencia al Variado Costero la AEPCyF solicit贸 que se convoque a la Comisi贸n de seguimiento de Variado Costero, acord谩ndose girar a la Autoridad de Aplicaci贸n solicitando su inclusi贸n en el cronograma de reuniones de comisiones de seguimiento previsto para el presente a帽o.
Entre los diversos informes el INIDEP adjunt贸 el Informe T茅cnico Oficial N掳 16/2023: 鈥淪electividad y eficiencia de las trampas de centolla: evaluaci贸n de diferentes anillos de escape鈥, donde se present贸 el resultado de la campa帽a realizada a fin de evaluar la selectividad de las trampas utilizadas en la pesquer铆a de centolla, con anillos de escape de diferentes tama帽os.
Las experiencias incluyeron 15 lances donde se fondearon l铆neas de pesca con trampas de diferentes caracter铆sticas: sin anillos, con anillos de 130 mm, anillos de 115 mm, anillos de 120 mm y anillos de 125 mm.
Los resultados obtenidos constituyen una primera aproximaci贸n a la selectividad comparativa por uso de diferentes di谩metros de anillos. Detall谩ndose continuar con los an谩lisis a fin de estimar las curvas de selectividad que permitir谩n caracterizar el funcionamiento de los dispositivos en todo el rango de largo de caparaz贸n. Para tales estudios, se sugiri贸 descartar los anillos de 115 mm de di谩metro o de tama帽o inferior, en virtud de los altos 铆ndices de retenci贸n registrados en la campa帽a, con lo cual se decidi贸 por unanimidad autorizar de manera provisoria, parcial y optativa la operatoria con anillos de 120 mm, manteniendo el uso de los anillos reglamentarios en al menos la mitad del parque de trampas de cada buque. La presente medida tendr谩 una vigencia de tres a帽os, hasta el 24 de mayo de 2026, y los resultados de su aplicaci贸n ser谩n informados y monitoreados de manera permanente. Los buques que adopten esta operatoria deber谩n cumplir con las condiciones expuestas por el INIDEP en el Informe T茅cnico Oficial N掳 16/2023 y las dem谩s normas que la Autoridad de Aplicaci贸n determine.
Otro de los temas abordados fue la solicitud de eximir al buque ALVER (M.N. 1576) de la obligaci贸n de desguace/exportaci贸n establecida en el Acta CFP N掳 31/2019, donde PESQUERA SANTA CRUZ S.A.U., ABADEJERO S.A., IBERCONSA DE ARGENTINA S.A. y KALARI S.A., que tiene por objeto reemplazar la obligaci贸n de desguazar el buque ALVER (M.N. 01576) por el buque CAPITAN GIACHINO (M.N. 0151), pidiendo se modifique la decisi贸n del Acta CFP N掳 31/2019.
De conformidad con lo informado por la Direcci贸n de Normativa y Registro de la Pesca, ambas embarcaciones poseen caracter铆sticas similares. En atenci贸n a lo solicitado, y lo informado por la Autoridad de Aplicaci贸n, se decidi贸 por unanimidad modificar la decisi贸n del Acta CFP N掳 31/2019, reemplazando la obligaci贸n de desguazar o exportar el buque ALVER (M.N. 1576) por la obligaci贸n de desguazar el buque CAPITAN GIACHINO (M.N. 0151), en el plazo que fije la Autoridad de Aplicaci贸n a tal efecto, que no deber谩 superar los dos a帽os.






