En el crisol del cambio que atraviesa la Argentina contempor谩nea, la reforma laboral asoma como uno de los eventos m谩s ambiciosos y disruptivos en la arquitectura jur铆dica del trabajo desde la recuperaci贸n democr谩tica. Una transformaci贸n que ya no admite pausas ni retornos, pues no responde 煤nicamente a la voluntad pol铆tica, sino al empuje inevitable de un nuevo orden productivo global, en el que la tecnolog铆a, la flexibilidad y la inteligencia artificial marcan el comp谩s.
La Ley de Bases N.潞 27.742E, acompa帽ada del DNU 70/2023 y sus normas complementarias 鈥揷omo el Decreto 847/24 y la Resoluci贸n AFIP 5577/24鈥 constituye el ariete que, con furia reformista, desarticula estructuras laborales perimidas, pensadas para una era de empleador 煤nico, f谩brica cerrada y tareas rutinarias. El discurso inaugural del presidente Javier Milei, en marzo de este a帽o, confirm贸 sin ambages que el derecho laboral argentino, en su matriz tradicional, ha devenido obsoleto frente a la rob贸tica, la automatizaci贸n y la organizaci贸n flexible del trabajo, pero haci茅ndolo extensivo a la actividad pesquera, lejano a lo que el mercado esta dispuesto a pagar por un producto de origen marino.
El decreto 847/2024, emitido por el Ejecutivo en el marco de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Milei, introduce un nuevo sistema de indemnizaci贸n por despido, dise帽ado para ofrecer mayor flexibilidad tanto a los empleadores como a los trabajadores. Este nuevo esquema, denominado 芦sistema de cese芦, viene a sustituir el r茅gimen tradicional de indemnizaci贸n previsto en el art铆culo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N掳 20.744) y se establece como una opci贸n dentro de las negociaciones de convenios colectivos, dejando de lado la preexistente legislaci贸n que dice: 禄 El empleador que despide en forma arbitraria o injusta debe pagar la indemnizaci贸n al trabajador aunque no haya ocasionado da帽o concreto y el trabajador tampoco puede pedir una indemnizaci贸n mayor a la fijada por ley, aunque haya sufrido un perjuicio a煤n mayor 芦.
Nuevo pacto laboral
Entre las medidas centrales, sobresale la ampliaci贸n del per铆odo de prueba a seis meses, eventualmente prorrogable por acuerdo colectivo, lo que concede mayor margen a las empresas para evaluar desempe帽os sin incurrir en los rigores del despido tradicional. A su vez, el Fondo de Cese Laboral se presenta como una opci贸n disruptiva al r茅gimen indemnizatorio vigente, habilitando un mecanismo de ahorro previsional compartido entre empleador y trabajador.
La reforma tambi茅n da forma a una figura intermedia, la del trabajador aut贸nomo con hasta tres colaboradores, que cristaliza nuevas formas de trabajo m谩s acordes con el emprendedurismo digital y el trabajo por proyectos. Paralelamente, se ha abierto un proceso de regularizaci贸n laboral con condonaci贸n de multas y deudas, en una apuesta decidida por blanquear la informalidad estructural que lastra al mercado argentino desde hace d茅cadas.
En materia de licencias, el nuevo r茅gimen contempla vacaciones fragmentadas, ampliando la autonom铆a de las partes y armonizando las necesidades del empleador con la vida personal del trabajador. Se reglamenta adem谩s la licencia por maternidad, estableciendo criterios m谩s acordes con la equidad de g茅nero y la inclusi贸n familiar.
Particularmente pol茅mica ha sido la regulaci贸n de la huelga, donde el marco normativo habilita sanciones frente a medidas que bloqueen el funcionamiento esencial de una empresa, entre ellas los 芦piquetes禄, las ocupaciones y los bloqueos dolosos.
Se incorporan, asimismo, mecanismos espec铆ficos para los despidos discriminatorios, con sanciones pecuniarias adicionales, aunque se excluye la reinstalaci贸n forzada, en l铆nea con una l贸gica indemnizatoria antes que restitutiva.
A esto se suman la flexibilizaci贸n de los contratos laborales y una bater铆a de medidas de alivio para las PyMEs, entre las cuales se permite, por ejemplo, el pago en cuotas de indemnizaciones, configurando as铆 un esquema gradualista que contempla las asimetr铆as del tejido empresarial.
Cambios normativos y nuevas costumbres
La transformaci贸n laboral no se limita al plano legal: emergen nuevas pr谩cticas empresariales que, a煤n antes de ser codificadas, ya estructuran el trabajo cotidiano. El banco de horas, las vacaciones en tramos semanales, el trabajo en fines de semana con esquemas rotativos, la tercerizaci贸n mediante contratos de resultados, y la jornada alternativa, quebrada o intensiva, son ya moneda corriente en sectores como miner铆a, gastronom铆a, turismo y log铆stica.
驴Y la pesca? Bien, gracias. Mientras numerosos sectores productivos emprenden, con mayor o menor celeridad, el tr谩nsito hacia modelos adaptativos que respondan a las exigencias de un mercado en constante transformaci贸n, el sector pesquero argentino permanece firmemente anclado en estructuras que revelan una notoria resistencia al cambio. Bajo la aparente defensa de derechos hist贸ricos, se perpet煤an l贸gicas de representaci贸n que, m谩s que velar por los intereses del trabajador, tienden a reproducir privilegios corporativos. En este escenario, los negociadores se erigen como custodios de sus propias posiciones, desplazando al verdadero sujeto colectivo del sistema: el trabajador embarcado.
Esta situaci贸n se agrava cuando se olvida que el derecho a pescar no constituye una propiedad adquirida, sino una concesi贸n otorgada por la Naci贸n, y por tanto, sujeta al cumplimiento de finalidades p煤blicas. Mientras desde ciertos sectores se insiste en blindar m谩rgenes de rentabilidad espec铆ficos, en el horizonte pr贸ximo asoman flotas for谩neas menores a 40 metros, ociosas y sin lugar donde pescar pero dispuestas, a disputar una porci贸n de la riqueza ict铆cola argentina bajo el eventual marco de procesos licitatorios que vuelven a ingresar al debate.
As铆, bajo el disfraz de continuidad, se reinstalan esquemas que parec铆an haber quedado en la penumbra de otro tiempo, desconociendo los imperativos de eficiencia, sostenibilidad y transparencia que el presente impone. La pesca, como sector estrat茅gico, no puede permanecer encapsulada en una l贸gica de inmovilismo gremial ni en una visi贸n de corto plazo. El desaf铆o es superar la ret贸rica de la defensa sectorial para construir, con madurez institucional y visi贸n de futuro, un nuevo convenio colectivo de trabajo apuntando a la productividad y la permeabilidad del mercado de la demanda y los precios internacionales. Porque lo que est谩 en juego no es s贸lo un modelo econ贸mico erosionado por variables ya conocidas, sino un paradigma llamado convenio colectivo de trabajo de un recurso vital y la dignidad del trabajo en alta mar.
Hoy cuando el mundo del teletrabajo y el modelo h铆brido se institucionalizan como f贸rmulas estables. La inteligencia artificial y la tecnolog铆a de control remoto 鈥搈ediante sensores, c谩maras y software especializado鈥 penetran en la gesti贸n operativa, en ocasiones borrando los l铆mites entre supervisi贸n leg铆tima y vigilancia excesiva, cuesti贸n que sin duda ser谩 objeto de futuros debates judiciales y convencionales. La mano de obra a bordo sera parte de esa reconversi贸n.
Frente a este panorama, resulta impostergable revisar no s贸lo la ley, sino tambi茅n el contrato social del trabajo. Se reclama un ius variandi con flexibilidad negociada, no impuesto. Los convenios colectivos deben aggiornarse para incorporar las l贸gicas del trabajo del siglo XXI: tareas por objetivos, esquemas flexibles, retribuci贸n variable y actualizaci贸n tecnol贸gica constante y sobre todo productividad como unidad generadora licuadora de costos.
Para aclarar, el ius variandi constituye una manifestaci贸n concreta del poder de direcci贸n que asiste al empleador en el marco de la relaci贸n laboral, permiti茅ndole introducir modificaciones unilaterales en aspectos accesorios o no sustanciales del contrato de trabajo. Esta prerrogativa, sin embargo, no es absoluta ni discrecional: se encuentra rigurosamente acotada por los principios de razonabilidad, buena fe y equilibrio de prestaciones, pilares esenciales del derecho del trabajo. Su ejercicio leg铆timo exige que tales alteraciones no impliquen una desnaturalizaci贸n de la prestaci贸n originaria ni generen un menoscabo patrimonial, moral o funcional para el trabajador. En definitiva, el ius variandi no es una herramienta de imposici贸n, sino un instrumento de gesti贸n flexible cuya validez est谩 sujeta al respeto por la dignidad del trabajador y a la proporcionalidad en el v铆nculo jur铆dico-laboral.
La educaci贸n, por su parte, tiene un rol indelegable: no habr谩 reforma laboral sostenible si la formaci贸n profesional no prepara a las nuevas generaciones para un mercado de trabajo en donde muchas de las profesiones actuales ser谩n prescindibles, y otras a煤n no han sido inventadas. La productividad debe ser el eje central del modelo productivo de la actividad primaria extractiva. Ese esquema de igual tarea por igual remuneraci贸n, debe mutar a mayor remuneraci贸n por mayor productividad y mejor calidad de trabajo. Para eso el trabajador debe calificarse, debe capacitarse y sobre todo entender que efectivamente un trabajador es un engranaje m谩s en el sistema productivo y comercial.
Tanto Carlos Torrendell, desde Educaci贸n, como Julio Cordero, desde Trabajo, llevan sobre sus hombros el desaf铆o de construir un nuevo sistema de inserci贸n laboral que no excluya, sino que integre, que flexibilice y anticipe, y que, sobre todo, no sacrifique el capital humano argentino en el altar de la inercia legislativa.
La reforma laboral argentina no representa el cierre de un ciclo, sino el inicio de un proceso ineludible de transformaci贸n estructural hacia un modelo de relaciones laborales alineado con las exigencias contempor谩neas de innovaci贸n, globalizaci贸n y competitividad. Este nuevo escenario no admite lecturas ancladas en el pasado ni tolera esquemas obsoletos: impone, en cambio, una revisi贸n profunda de las l贸gicas de organizaci贸n del trabajo y de distribuci贸n de responsabilidades dentro de la cadena de valor. La actual inmovilizaci贸n operativa de la flota congeladora y el dudoso acople de la flota fresquera no son sino manifestaciones de una incomprensi贸n sist茅mica sobre el sentido y el alcance del cambio en curso. El desaf铆o no radica en trasladar cargas econ贸micas de un eslab贸n a otro, sino en construir un modelo flexible, eficiente y moderno, capaz de responder a una demanda internacional que valora productos de calidad premium, pero penaliza severamente con precio y demanda, la ineficiencia en su gesti贸n.
En el 谩mbito estrictamente pesquero, marisquero y congelador, es evidente que tanto las partes involucradas como la opini贸n p煤blica est谩n al tanto de la problem谩tica estructural que atraviesa el sector. La situaci贸n requiere con urgencia un cambio de enfoque, orientado hacia una soluci贸n definitiva y sustentable. El proceso de negociaci贸n entre c谩maras empresarias y gremios parece haber llegado a su l铆mite, lo que evidencia la necesidad de avanzar hacia un esquema m谩s flexible e integral que contemple las m煤ltiples aristas del conflicto. La preocupaci贸n ya ha escalado al 谩mbito gubernamental: si este a帽o no se concreta la zafra en aguas de jurisdicci贸n nacional, el Estado dejar铆a de percibir ingresos significativos, estimados en al menos 620 millones de d贸lares en exportaciones, una p茅rdida considerable en el actual contexto econ贸mico.
Frente a este escenario, resulta indispensable avanzar hacia un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) que garantice un equilibrio justo entre las partes, evitando soluciones unilaterales que perjudiquen a uno de los sectores en beneficio exclusivo del otro. Como alternativa, podr铆a evaluarse una v铆a de negociaci贸n directa entre grupos empresarios y trabajadores, evitando el tradicional esquema de c谩maras y gremios, en b煤squeda de acuerdos m谩s adaptados a la realidad operativa, especialmente en el caso de la flota fresquera ante una eventual paralizaci贸n.
Cualquiera sea la salida, no ser谩 sencilla, ni puede ya atribuirse 煤nicamente a las partes sindicales o empresariales, que han alcanzado el l铆mite de su capacidad de acci贸n. La resoluci贸n del conflicto demandar谩 una intervenci贸n decidida del gobierno, que act煤e como mediador activo o a trav茅s de la Secretar铆a de Trabajo, facilitando un marco que permita recomponer el equilibrio perdido. En el siglo XXI, una rendici贸n incondicional es tan impensable como inviable. Las cartas ya est谩n sobre la mesa, y cualquier soluci贸n realista no llegar谩 antes de fines de junio una vez terminada y analizada la movida despu茅s del esperado encuentro en Barcelona.
En este nuevo marco, es la demanda 鈥攜 no estructuras de costos heredadas鈥 la que fija los par谩metros econ贸micos fundamentales. A partir de ello, corresponde una reconfiguraci贸n integral del ecosistema productivo, que involucra al Estado nacional mediante sus esquemas impositivos y regulatorios, a los proveedores de servicios vinculados a la actividad, y a todos los componentes del factor trabajo, sin excepci贸n. La obtenci贸n de rentabilidad ya no puede ser interpretada como una expectativa sectorial aislada, sino como el resultado de una articulaci贸n racional de intereses, esfuerzos y responsabilidades compartidas. Alcanzar dicho equilibrio constituye hoy el principal reto para garantizar la sustentabilidad de la actividad pesquera argentina en el contexto global e interino, por dem谩s complejo.






