• Noticias
    • Ingreso de Buques a Puerto
    • Buques Operando
    • Empresas
    • Nosotros
    • Contacto
    Categorías
    • Actividad
    • Acuicultura y Maricultura
    • Administración
    • Archivo
    • BARCOS
    • Capacitación
    • Comercio
    • Comercio Exterior
    • Conflicto
    • Consumo
    • Controles
    • Coronavirus
    • Covid-19
    • Defensa
    • Editorial
    • Educación
    • Elecciones
    • Emergencia
    • Empresas
    • Eventos
    • Foros, Exposiciones & Congresos
    • Gobierno
    • Gremios
    • Industria Naval
    • Investigación
    • Invitado Especial
    • Legislación
    • Logística
    • Marketing
    • Medio ambiente
    • Mercado
    • Mercado Interno
    • Naufragio
    • Normativa
    • Pesca Artesanal
    • Pesca Ilegal
    • Pesquerías
    • Petróleo & Gas
    • Producción
    • Puerto
    • Renovación de flota
    • Responsabilidad Social Empresaria
    • Seguridad
    • Seguridad Alimentaria
    • Selectividad
    • Sofia 2020
    • Sustentabilidad
    • Tecnología
    • Trazabilidad
    • Variado Costero
    Nueva PescareNueva Pescare
    © 2025 Pescare.com.ar
    Todos los derechos reservados
    Aviso Legal
    Facebook Twitter Instagram
    • Noticias
    • Ingreso de Buques a Puerto
    • Buques Operando
    • Empresas
    • Nosotros
    • Contacto
    PescarePescare
    PescarePescare
    Legislación

    Nuevo régimen de excepción para la Marina Mercante Nacional: Decreto flexibiliza y moderniza la navegación comercial

    AntonellaPor Antonella21 de mayo de 20254 Minutos
    Facebook Twitter Telegram WhatsApp
    La medida busca mejorar la competitividad del sector marítimo y fluvial, considerado estratégico para el desarrollo económico y la integración regional.

    El Poder Ejecutivo Nacional oficializó el Decreto 340/2025, que establece un nuevo “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional” con el objetivo de flexibilizar y modernizar la normativa que regula la navegación comercial en aguas argentinas.

    El mismo según los mentores, responde a las dificultades actuales del sector de la marina mercante nacional, afectado por elevados costos operativos y una legislación obsoleta que genera desventajas frente a armadores extranjeros. Esta situación impacta negativamente en la industria naval local, la cadena logística y las economías regionales, especialmente aquellas que dependen del transporte fluvial y marítimo.

    Frente a este escenario, la nueva normativa apunta a incentivar la inversión, reactivar el comercio exterior y fomentar la generación de empleo en la actividad marítima.

    Principales modificaciones y flexibilizaciones
    • Régimen de excepción para la bandera nacional: Se permite a los armadores nacionales suspender temporalmente la bandera argentina en sus buques sin perder la matrícula nacional, posibilitando la inscripción en registros extranjeros cuando sea necesario. Esto otorga mayor flexibilidad operativa y reduce costos administrativos.
    • Declaración de servicios esenciales: La navegación marítima y fluvial destinada al transporte comercial de personas, mercaderías y operaciones costa afuera es considerada un servicio esencial. En casos de conflicto laboral, se debe garantizar al menos el 75% de la prestación habitual para asegurar la continuidad del servicio.
    • Flexibilización en la contratación: Se eliminan trámites como la renovación anual del Registro de Armadores Nacionales y se amplían las opciones para contratar personal embarcado, incluso a través de asociaciones gremiales u otras entidades habilitadas.
    • Permisos temporales para buques extranjeros: Cuando no haya embarcaciones nacionales registradas o autorizadas para cabotaje por armadores nacionales, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) podrá otorgar permisos temporales de hasta 180 días a barcos extranjeros, con posibilidad de renovación.
    • Condiciones para buques extranjeros en cabotaje: Los buques extranjeros autorizados a operar por más de 60 días al año en cabotaje deben estar tripulados por personal argentino o residentes permanentes, cumpliendo la legislación laboral y tributaria vigente. Para permisos de hasta 60 días, deben esperar 60 días antes de solicitar una nueva autorización.
    • Tripulación en buques nacionales o con tratamiento de bandera nacional: Deben emplear preferentemente tripulantes argentinos o residentes permanentes, salvo en casos de no disponibilidad, donde pueden contratar personal de cualquier nacionalidad habilitado como marítimo o fluvial.
    • Facilitación aduanera: Pasajeros, cargas y equipajes nacionales o nacionalizados transportados en cabotaje no estarán sujetos a revisión aduanera si cuentan con guarda a bordo, salvo sospecha fundada de fraude.
    • Inspecciones y seguridad: Las inspecciones de seguridad para buques nacionales se realizarán conforme a normas internacionales, por personal oficial, con costos limitados para armadores. Buques extranjeros seguirán normas de su registro pero bajo jurisdicción de la Prefectura Naval Argentina.
    • Documentación para cabotaje fronterizo: Mercaderías extranjeras transportadas deben documentarse según legislación vigente y acuerdos aduaneros con países vecinos.

    El decreto otorga tratamiento de bandera nacional a buques extranjeros arrendados a casco desnudo con hasta 20 años de antigüedad, pertenecientes a categorías específicas como transporte de pasajeros, remolcadores, dragas, entre otros. Este tratamiento es renovable y sujeta a un régimen especial de importación temporaria.

    Quedan excluidos de este régimen los buques pesqueros, embarcaciones deportivas y aquellas de transporte con menor tonelaje.

    El decreto incluye reformas legales que derogan o modifican artículos de la Ley de Navegación y el Decreto-Ley 19.492/44, con el fin de eliminar obstáculos burocráticos. Además, se suprime la Comisión Asesora de la Industria Naval, una medida orientada a simplificar la gestión pública y acelerar la implementación de políticas para el sector.

    Con este régimen, el Gobierno busca fomentar la integración regional, especialmente en las cuencas de los ríos Paraguay, Paraná y Uruguay, promover el desarrollo sostenible de la flota mercante nacional, incrementar su participación en fletes nacionales e internacionales, y generar empleo estable para trabajadores argentinos. También se procura asegurar la continuidad laboral y el cumplimiento de las normativas internacionales de seguridad y protección ambiental.

    El Decreto 340/2025 publicado hoy miércoles 21 de mayo, entrara en vigencia en el día de mañana. La información fue remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso para su conocimiento y seguimiento.

    Con esta regulación, el Estado apunta a revertir el declive histórico de la marina mercante argentina, promoviendo la renovación de la flota, la competitividad internacional y el desarrollo sostenible del sector marítimo y fluvial.

    El decreto cuenta con la firma de: Javier Milei, Guillermo Francos, Gerardo Werthein, Luis Petri, Luis Andrés Caputo, Mariano Cúneo Libarona, Patricia Bullrich, Mario Iván Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger.

    ANPyN Argentina industria naval marina mercante pna vía navegable troncal VNT
    Compartir: Facebook Twitter WhatsApp Email
    Noticia AnteriorHabrá movilización del sector marítimo y portuario en Puerto Madryn: Para Zapata esto es un lock-out patronal
    Siguiente Noticia Finalizaron las obras de mejora en el frente de amarre de la Escollera Norte
    Foto del avatar
    Antonella
    • Website
    • Twitter

    Universidad Nacional de Mar del Plata — Facultad de Derecho. Abogada - Periodista - Dirección PESCARE

    MÁS NOTAS RELACIONADAS

    Legislación 17 de agosto de 2026

    Practicaje: el rol de la Armada queda en el centro del debate por el futuro de la reforma

    Por Antonella17 de agosto de 20264 Minutos
    Legislación 10 de agosto de 2026

    La ANPyN oficializa la rebaja del 20% en las tarifas de practicaje y pilotaje

    Por Oscar Martin Leguizamón10 de agosto de 20263 Minutos
    Legislación 29 de julio de 2026

    Cámara de Diputados. Piden a Cancillería intervenir ante una posible ruta marítima entre Chile y Malvinas

    Por Antonella29 de julio de 20263 Minutos
    Legislación 21 de julio de 2026

    Es ley en Argentina el acuerdo que refuerza el control portuario contra la pesca ilegal

    Por Antonella21 de julio de 20263 Minutos
    Legislación 17 de julio de 2026

    Proponen crear un régimen especial para fortalecer la Marina Mercante argentina

    Por Oscar Martin Leguizamón17 de julio de 20264 Minutos
    Legislación 17 de junio de 2026

    Michel impulsa penas de prisión por pesca ilegal y abre debate sobre el régimen pesquero

    Por Antonella17 de junio de 20267 Minutos

    Comments are closed.

    ÚLTIMAS NOTICIAS
    • VMOS desplegó seis buques para tender el ducto submarino de Punta Colorada
    • El temporal replegó a más de 150 pesqueros y parte de la flota fresquera abandonó la zafra de langostino
    • CAIPA reabrió en el CFP el debate por el control de buques extranjeros en puertos argentinos
    • Argentina y Brasil cerraron el Fraterno XXXIX con operaciones antisubmarinas frente a Mar del Plata
    • El CFP aprobó una pesca experimental de sardina fueguina promovida por Santa Cruz
    • Acta CFP N° 23/2026: merluza, langostino, calamar y nuevas definiciones pesqueras

    © 2026 Pescare. Todos los derechos reservados.