La provincia de Buenos Aires formalizó ante el Consejo Federal Pesquero un recurso de reconsideración contra la Resolución CFP N° 6/2026, que habilitó el inicio de un proceso para incorporar hasta 18 nuevos buques poteros destinados a la captura de Illex argentinus.
La presentación fue realizada por Javier Rodríguez, ministro de Desarrollo Agrario bonaerense y representante de la jurisdicción en el CFP. El planteo solicita que la resolución sea dejada sin efecto y, en forma subsidiaria, que se suspendan sus efectos hasta la realización de estudios científicos, técnicos y ambientales que acrediten la compatibilidad del incremento del esfuerzo pesquero con la conservación y el uso racional del recurso.
El recurso también pide suspender preventivamente la aplicación del Apartado E del Anexo V de la resolución, donde se establece un sistema de puntuación territorial para los desembarques de las capturas. Ese punto concentra una parte sustancial del cuestionamiento bonaerense por el impacto que podría generar sobre las condiciones de competencia entre jurisdicciones.
La resolución impugnada dispuso la apertura de un procedimiento para incorporar nuevos poteros, junto con un régimen de evaluación de proyectos y un esquema de ponderación territorial. Para Buenos Aires, el acto administrativo presenta objeciones vinculadas con su legalidad, razonabilidad, procedimiento, motivación, competencia y adecuación al régimen federal pesquero.
Uno de los ejes del planteo apunta al modo en que fue tratada la medida. Según el escrito, el proyecto ingresó a la reunión del Consejo el 28 de mayo de 2026, mediante cargo N° 301-26, con 21 artículos y 5 anexos, para su análisis y votación directa. La Provincia sostiene que el tema no estaba incorporado previamente al orden del día y que fue presentado, tratado y aprobado en la misma sesión.
Sobre esa base, el recurso afirma que el procedimiento habría afectado las reglas internas del órgano colegiado, en particular las referidas a la incorporación de asuntos al orden del día, la comunicación previa de antecedentes y la deliberación informada de los integrantes del cuerpo.
El segundo núcleo del cuestionamiento se concentra en la base científica utilizada para justificar el aumento de capacidad extractiva sobre el calamar. Buenos Aires sostiene que los antecedentes conocidos no permitirían demostrar, con un grado suficiente de certeza, que la incorporación de nuevas unidades resulte compatible con la conservación del recurso.
El escrito diferencia entre una apreciación general sobre el estado de la pesquería y un informe técnico específico de sostenibilidad. En ese punto, la Provincia señala que la nota del Director Nacional de Investigación del INIDEP invocada como antecedente de la resolución no equivaldría a un estudio integral sobre las fortalezas y debilidades de los cuatro stocks de calamar presentes en el Mar Argentino.
La presentación menciona expresamente al Stock Bonaerense-Norpatagónico, el Stock Sudpatagónico, el Stock Desovante de Verano y el Stock Desovante de Primavera. Según el planteo, el expediente no contendría evaluaciones específicas sobre biomasa total y reproductiva, biomasa explotable, reclutamiento, puntos biológicos de referencia, rendimiento máximo sostenible, niveles mínimos de seguridad biológica, capacidad de recuperación y riesgos de sobreexplotación localizada.
El recurso también cuestiona que la resolución utilice como fundamento la migración de parte del recurso hacia la milla 201 y su posterior captura por flotas extranjeras. Para Buenos Aires, ese argumento pertenece al plano geopolítico o de política internacional, pero no acredita por sí mismo la existencia de excedentes biológicos susceptibles de justificar una expansión permanente del esfuerzo extractivo nacional.
El planteo adquiere mayor peso sobre el Stock Bonaerense-Norpatagónico, del cual depende una parte relevante de las capturas realizadas por la flota que opera desde la Provincia. El documento vincula su conservación con la continuidad de la actividad industrial, el empleo embarcado y en tierra, las inversiones realizadas y la estabilidad económica del complejo pesquero asentado en Mar del Plata.
La Provincia también cuestiona el criterio de medir el impacto de la medida por cantidad de embarcaciones. El recurso sostiene que el análisis debería considerar el esfuerzo pesquero efectivo, incluida la dimensión de las unidades, y no limitarse al número de buques incorporados al régimen.
Otro capítulo del escrito invoca el principio precautorio previsto en la Constitución Nacional y en la Ley General del Ambiente. La presentación sostiene que, ante incertidumbre científica sobre la biomasa, la situación de los stocks y las consecuencias del incremento del esfuerzo, la administración debe extremar recaudos antes de ampliar la capacidad extractiva.
En materia jurídica, el recurso plantea vicios en la causa y en la motivación del acto administrativo. También invoca una posible desviación de finalidad y de poder, al considerar que la resolución habría desplazado el eje de conservación y aprovechamiento racional de los recursos hacia una lógica de expansión extractiva y promoción territorial.
El planteo alcanza además al artículo 12 de la Resolución CFP N° 6/2026. Buenos Aires objeta que la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera pueda verificar, evaluar, calificar proyectos y declarar inadmisibles presentaciones antes de su tratamiento por el Consejo Federal Pesquero. Para la Provincia, esa atribución podría implicar una delegación impropia de competencias que la Ley Federal de Pesca reserva al órgano colegiado.
El punto de mayor impacto interjurisdiccional aparece en el sistema de puntuación territorial previsto en el Anexo V. El Apartado E asigna 30 puntos a Tierra del Fuego, 25 a Santa Cruz, 20 a Chubut, 15 a Río Negro y 10 a Buenos Aires, según la provincia donde se realicen los desembarques.
Buenos Aires sostiene que esa diferenciación genera una desventaja objetiva para los proyectos vinculados al complejo bonaerense, porque obliga a realizar mayores inversiones, asumir costos adicionales o resignar competitividad para alcanzar puntajes equivalentes a los de otras jurisdicciones.
El recurso afirma que, aun cuando formalmente la cantidad de permisos disponibles sea igual para todos los interesados, el sistema de evaluación introduciría un diferencial económico entre provincias. Según el planteo, ese esquema podría inducir procesos de relocalización de inversiones y actividades productivas, con impacto sobre el principal polo pesquero, industrial y exportador del país.
La presentación ubica a Mar del Plata en el centro de ese argumento. El escrito remarca que la ciudad concentra infraestructura portuaria, plantas de procesamiento, servicios asociados, inversiones y empleo vinculado a la actividad pesquera. En ese marco, la Provincia advierte que las diferencias de tratamiento previstas por la resolución podrían generar consecuencias económicas y sociales sobre el complejo productivo bonaerense.
El documento también incorpora una reserva institucional. Buenos Aires dejó asentado que durante el tratamiento de la iniciativa emitió voto negativo en el Consejo Federal Pesquero. La impugnación se presenta como continuidad jurídica de esa posición y ratifica que la Provincia no consintió la decisión ni sus efectos.
En el petitorio final, la Provincia solicita tener por interpuesto el recurso, reconsiderar la Resolución CFP N° 6/2026, suspender sus efectos hasta contar con estudios científicos, técnicos y ambientales suficientes, suspender preventivamente el Apartado E del Anexo V y, oportunamente, revocar íntegramente la medida.
El escrito deja abierta una instancia de mayor alcance institucional. Para el supuesto de rechazo expreso o tácito, o ante la continuidad del procedimiento previsto por la resolución, Buenos Aires formula reserva de iniciar acciones administrativas y judiciales, incluidas acciones declarativas, contencioso-administrativas, cautelares y de inconstitucionalidad.
El trasfondo político queda planteado en el propio contenido del recurso. La discusión por los 18 nuevos poteros ya excede la incorporación de capacidad pesquera sobre el calamar. En el expediente aparece una disputa por el peso de cada provincia dentro del régimen federal de pesca, por la distribución territorial de oportunidades económicas y por el margen del Consejo Federal Pesquero para ordenar inversiones mediante criterios que impactan de manera directa sobre puertos, empleo, plantas y flota.
La impugnación bonaerense deja planteado un cuadro institucional severo. El recurso contiene objeciones técnicas y jurídicas atendibles sobre la Resolución CFP N° 6/2026, especialmente en materia de esfuerzo pesquero, respaldo científico, procedimiento administrativo y sistema de puntaje territorial. Sin embargo, la presentación también traslada al expediente una carga política evidente, donde la discusión por Illex argentinus aparece atravesada por la disputa entre jurisdicciones, la puja por el peso de Mar del Plata dentro del sistema federal y una lectura partidaria que excede la administración estricta del recurso.
Ese cruce desordena el peso que el debate debe buscar, en una resolución que debería analizarse sobre bases científicas, productivas y regulatorias termina convertida en un campo de confrontación política con impacto directo sobre empresas, inversiones, puertos, empleo y flota. La respuesta del Consejo Federal Pesquero definirá si el proceso avanza bajo los términos aprobados o si queda condicionado por una revisión técnica, jurídica y territorial de fondo.






