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    Legislación

    Chubut busca declarar la emergencia pesquera para sostener la actividad y el empleo

    AntonellaPor Antonella3 de junio de 20265 Minutos
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    El proyecto que ingresó ayer a la Legislatura provincial crea un régimen de alivio fiscal y portuario para la industria pesquera chubutense, condicionado a mantener actividad, descargas, procesamiento local y puestos de trabajo.
    Fotografía gentileza Giuliano Vestuti. Descarga BP Franco José (Rawson)

    La pesca chubutense ingresó en la agenda legislativa con un proyecto que propone declarar la Emergencia Productiva, Económica y Laboral de la Industria Pesquera Provincial por el plazo de doce meses. La iniciativa fue presentada por el diputado Marcelo Rubia, del Partido Independiente del Chubut, con el acompañamiento de Sergio González y Mariela Tamame, del bloque Chubut Unido, espacio creado tras su salida del oficialismo provincial en febrero pasado.

    El texto crea el Programa de Recupero y Sostenimiento del Sector Pesquero del Chubut, una herramienta orientada a reducir costos fiscales, portuarios y operativos en un momento de fuerte presión sobre la rentabilidad de la actividad. El beneficio, sin embargo, queda sujeto a una condición central, sostener empleo, mantener operaciones en puertos provinciales, abastecer plantas radicadas en Chubut y conservar niveles de descarga, procesamiento y agregado de valor dentro del territorio provincial.

    La iniciativa parte de un diagnóstico económico concreto. El sector enfrenta aumentos en combustible, energía, logística, estiba, frío, packaging, mantenimiento naval, servicios portuarios y carga tributaria, mientras compite en mercados internacionales con precios retraídos y con la presencia creciente del langostino de cultivo. En ese escenario, el proyecto busca convertir el alivio estatal en una política de continuidad productiva, con control documental y compromisos verificables.

    El capítulo fiscal concentra una de las medidas de mayor impacto. La propuesta prevé la exención del 100% de Ingresos Brutos para actividades de captura, procesamiento, industrialización, conservación y comercialización primaria vinculadas a establecimientos radicados en Chubut o que abastezcan plantas provinciales. También incorpora la exención de la tasa del ocho por mil, del Impuesto de Sellos sobre actos ligados a la operatoria pesquera y bonificaciones sobre el canon provincial de extracción o conceptos equivalentes.

    En el plano portuario, el proyecto contempla bonificaciones sobre uso de muelle, cámara de transferencia, estadía, almacenaje, agua y energía para operaciones directamente vinculadas con beneficiarios del programa. La reglamentación deberá definir el alcance de esas medidas, con intervención de las administraciones portuarias provinciales y eventual compensación presupuestaria para preservar su funcionamiento.

    El objetivo económico excede a las empresas armadoras. Cada buque que reduce actividad, cada descarga que se traslada y cada planta que opera por debajo de su capacidad impacta sobre tripulantes, personal de tierra, estibadores, transportistas, talleres navales, frigoríficos, proveedores de hielo, servicios logísticos y comercios vinculados a la economía portuaria. Por eso, el proyecto coloca el eje en empleo, actividad industrial y permanencia del valor agregado en Chubut.

    Para acceder al régimen, las empresas deberán inscribirse en el Registro Provincial de Beneficiarios de la Emergencia Pesquera. Allí deberán acreditar identificación completa, actividad desarrollada, nómina de trabajadores, constancias fiscales y laborales, información de producción, capturas, procesamiento, descargas, ventas, stock de los últimos 24 meses, costos operativos, documentación contable y una declaración jurada vinculada a despidos sin causa en los 90 días previos.

    La adhesión quedará condicionada al mantenimiento sustancial del empleo y de los niveles habituales de operación en la provincia. Los incumplimientos podrán derivar en apercibimiento, suspensión, pérdida definitiva del beneficio, reintegro de montos dejados de ingresar y exclusión del registro. La asistencia, en ese esquema, aparece atada a desempeño productivo y control público.

    El proyecto también crea una Mesa Multisectorial de Emergencia Pesquera Provincial, que deberá constituirse dentro de los diez días hábiles desde la entrada en vigencia de la ley. Funcionará bajo la órbita conjunta de la Secretaría de Pesca y la Secretaría de Trabajo, con participación del Ministerio de Economía, administraciones portuarias, cámaras empresarias, sindicatos, municipios portuarios y organismos técnicos con competencia en conservación o manejo del recurso.

    Ese ámbito reunirá a actores del sistema pesquero chubutense y nacional, entre ellos CAPIP, CAFACh, la Cámara Empresaria de Pesca del Golfo San Jorge, organizaciones sindicales, empresas de servicios y municipios ligados a la actividad. Tendrá funciones de seguimiento económico, laboral, productivo y comercial, además de emitir informes bimestrales públicos sobre la evolución del programa.

    La iniciativa incorpora un límite institucional relevante: los beneficios económicos carecen de efecto sobre cupos, vedas, zonas de pesca, planes de manejo o restricciones biológicas. La recuperación de actividad se plantea dentro del marco vigente de administración del recurso, con la sustentabilidad como condición operativa del régimen.

    El texto también encomienda al Poder Ejecutivo provincial gestionar ante el Estado Nacional medidas de competitividad exportadora, entre ellas reducción o eliminación temporal de derechos de exportación para productos pesqueros originados o procesados en Chubut, mejora de reintegros, líneas de financiamiento productivo y apertura de mercados. Ese punto conecta la emergencia provincial con una discusión mayor sobre divisas, costos internos y capacidad exportadora de la pesca patagónica.

    Los municipios con puertos, plantas, logística o servicios asociados quedan invitados a adherir mediante ordenanzas propias. Podrán establecer alivios temporarios sobre tasas, contribuciones o derechos municipales, siempre ligados al sostenimiento del empleo y de la producción local.

    La autoridad de aplicación deberá informar a la Legislatura cada 60 días la nómina de beneficiarios, beneficios otorgados, costo fiscal estimado, evolución laboral, capturas, descargas, procesamiento, actividad portuaria, conflictos, sanciones, pagos a proveedores e impacto del programa sobre empleo y actividad. Además, los beneficios fiscales, portuarios, financieros o administrativos deberán publicarse en un registro digital de acceso público.

    De aprobarse, la emergencia pesquera tendrá una vigencia inicial de doce meses, con posibilidad de prórroga por un período equivalente. Para extenderla, el Poder Ejecutivo deberá presentar informe técnico y económico, evaluación de resultados, detalle del empleo sostenido, costo fiscal total y dictamen de la Mesa Multisectorial. La discusión legislativa recién comienza, pero el proyecto ya fija un criterio de política pública, el alivio al sector pesquero será medido por su efecto sobre trabajo, producción, exportación y valor agregado en territorio chubutense.

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    Universidad Nacional de Mar del Plata — Facultad de Derecho. Abogada - Periodista - Dirección PESCARE

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