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    Langostino. La cuotificación abre debate sobre recurso, empleo y exportaciones

    PescarePor Pescare25 de junio de 20267 Minutos
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    La discusión sobre la eventual cuotificación del langostino argentino vuelve a colocar en primer plano la Ley Federal de Pesca, el rol del CFP, la experiencia de la merluza y la necesidad de reglas estables para proteger recurso, empleo, inversión y exportaciones.

    La eventual cuotificación del langostino argentino abre una discusión de fondo para la política pesquera nacional. El punto central es cómo administrar el principal producto exportador del sector con respaldo legal, control biológico, previsibilidad económica y responsabilidad sobre una pesquería que sostiene flota, plantas, puertos, empleo y divisas.

    El debate excede la distribución de toneladas. La cuestión de fondo es si una especie de semejante peso económico puede seguir administrada sólo por aperturas, cierres, prospecciones y decisiones de temporada, o si corresponde avanzar hacia un sistema que convierta el acceso al recurso en una herramienta de planificación, inversión verificable y cumplimiento.

    El marco jurídico está vigente. La Ley Federal de Pesca 24.922 incorporó el régimen de cuotas como instrumento de administración de los recursos vivos marinos. Su arquitectura combina conservación, aprovechamiento racional, desarrollo de la actividad, defensa del interés nacional y participación del Consejo Federal Pesquero, CFP como órgano de definición política.

    El artículo 27 de esa ley establece la base de asignación. Las cuotas deben ponderar antecedentes de captura, mano de obra ocupada, producción, inversiones realizadas y sanciones. Esa fórmula impide reducir la discusión a una simple historia de capturas. La ley manda evaluar quién pescó, quién produjo, quién invirtió, quién sostuvo empleo y quién cumplió las reglas. También habilita al CFP a fijar condiciones de transferencia y límites de concentración sobre la Captura Máxima Permisible.

    En ese esquema, la cuotificación funciona como política pública. El recurso permanece bajo administración del Estado, la cuota ordena el derecho de captura dentro de un límite biológico y la autoridad pesquera conserva herramientas de control, revisión y sanción. Bien diseñada, transforma una carrera por pescar en una matriz de previsibilidad, inversión y responsabilidad.

    La experiencia argentina de la merluza común muestra el impacto institucional de ese cambio. La pesquería de merluza hubbsi, históricamente marcada por presión sobre juveniles, conflicto operativo y ciclos de administración compleja, ingresó al régimen de Cuotas Individuales Transferibles de Captura, CITC, bajo un proceso que ordenó derechos, responsabilidades y volúmenes anuales.

    La renovación de las CITC de merluza común para el período 2025-2039 ratificó ese camino. Son quince años de horizonte para una pesquería que sostiene barcos fresqueros, congeladores, plantas en tierra, empleo portuario, fileteado, abastecimiento industrial y exportaciones; es decir todo el andamiaje propio y satelital que fomenta la actividad pesquera. El propio CFP señaló que el régimen aporta estabilidad, seguridad jurídica, flexibilidad y dinamismo para administrar pesquerías complejas.

    Los datos recientes respaldan esa lectura. En 2025, los desembarques de merluza hubbsi alcanzaron 314.745,6 toneladas, sumando Golfo San Matías, norte del 41° en ZCPAU, norte del 41° en ZEEA y sur del 41°. Ese mismo año, las exportaciones de merluza llegaron a 326 millones de dólares y 127.422 toneladas, con una suba interanual del 2,5% en valor y del 1,3% en volumen. En lo que va de 2026, con datos oficiales al 23 de junio, los desembarques de merluza hubbsi acumulan 146.730,4 toneladas.

    Ese antecedente importa porque el langostino argentino tiene una relevancia económica superior dentro de la canasta exportadora. En 2025, pese a la caída frente al año anterior, siguió siendo el principal producto pesquero de exportación, con 867 millones de dólares y 119.775 toneladas vendidas al exterior. Su peso sobre el ingreso de divisas convierte cualquier decisión administrativa en un hecho económico para toda la cadena.

    El desembarque también marca la escala de la pesquería. En 2025, el langostino registró 187.030,2 toneladas descargadas en puertos argentinos. En 2026, al 23 de junio, el acumulado oficial llega a 82.784,6 toneladas. Ese volumen explica la intensidad de la operación y el interés de todos los actores que dependen del recurso, desde la flota tangonera y fresquera hasta plantas, estiba, transporte, frío, talleres, proveedores, astilleros y puertos patagónicos.

    La eventual cuotificación del langostino permitiría ordenar esa intensidad bajo criterios verificables. El plano biológico exige que cada derecho de captura quede ligado a una Captura Máxima Permisible, con monitoreo científico, prospecciones, cierres dinámicos y protección de juveniles. El plano productivo demanda previsibilidad para inversiones en buques, artes de pesca, frío, plantas, tecnología y logística. El plano laboral obliga a ponderar empleo embarcado, empleo en tierra, continuidad operativa y actividad real en puertos.

    También hay una dimensión de seguridad marítima que el debate debe incorporar. Cada temporada, más de 120 buques pueden operar en áreas acotadas, con maniobras próximas, artes desplegadas, cambios de rumbo permanentes y riesgo para tripulaciones y embarcaciones. La repetición anual de abordajes, hasta ahora principalmente con consecuencias materiales, expone un problema operativo que también forma parte de la administración del recurso.

    La herramienta, además, permitiría discutir con mayor precisión el perfil productivo deseado. El langostino genera divisas, pero arrastra tensiones entre producto entero, cola, reproceso, congelado a bordo, procesamiento en tierra, costos internos y precios internacionales. Una asignación con criterio puede reconocer inversión, agregado de valor, empleo formal, cumplimiento sanitario, descarga en puertos nacionales y trayectoria exportadora.

    Para alcanzar legitimidad, el CFP deberá construir una metodología robusta. La ley ya fija los grandes criterios. El desafío está en definir períodos a relevar, fuentes de información, ponderaciones, tratamiento de flotas, límites de concentración, reservas de administración, condiciones de transferencia, mecanismos de revisión y obligaciones de uso. El antecedente de la merluza demuestra que un régimen de cuotas exige técnica, documentación y trazabilidad administrativa.

    El punto rector debe ser el apego estricto a la Ley Federal de Pesca. La cuotificación del langostino tiene que surgir de la norma vigente, con criterios expresos, autoridad competente y finalidad pública. Las posiciones sectoriales podrán discutir ponderaciones, plazos y modalidades, pero el marco debe ser la ley, con sustentabilidad, antecedentes verificables, producción, empleo, inversiones y cumplimiento como ejes de decisión.

    El aprendizaje de la merluza también deja una advertencia. Argentina conoce el costo de administrar desde la urgencia cuando un recurso ingresa en zona crítica. Con el langostino, la oportunidad es distinta. La pesquería conserva una importancia biológica, económica y exportadora que permite discutir reglas antes del deterioro. Ordenar en esta etapa mostraría racionalidad de gestión y compromiso frente a mercados que exigen trazabilidad, sostenibilidad y estabilidad de oferta.

    El contexto internacional refuerza esa necesidad. Los precios del camarón de cultivo y de otros productos competidores vienen presionando sobre el langostino argentino, mientras los compradores demandan volumen, calidad, continuidad y cumplimiento. En ese escenario, la previsibilidad regulatoria también es una variable comercial. Un comprador no mira sólo precio, también evalúa estabilidad de abastecimiento, certificaciones, trazabilidad y permanencia del proveedor.

    La cuotificación, por sí misma, requiere una arquitectura de control. Su eficacia depende del dato científico, la fiscalización, los partes de pesca confiables, el monitoreo satelital, los observadores, la trazabilidad, sanciones efectivas y un CFP activo. Una cuota con límite, revisión y control puede convertirse en una herramienta moderna de administración pesquera. Una cuota sin esas condiciones perdería parte de su sentido.

    El langostino ya alcanzó escala suficiente para ingresar en esa etapa. Su valor exportador, su peso sobre la flota patagónica y nacional, y su vínculo con plantas, estibadores, marineros, capitanes, cámaras de frío, talleres, astilleros y puertos justifican una política de largo plazo. La pesquería dejó de ser sólo una temporada. Es una columna económica del sistema pesquero argentino.

    La señal que ordena el debate es clara. Cuotificar el langostino implica aplicar la Ley Federal de Pesca a una especie que alcanzó escala económica superior. El proceso deberá ser federal, técnico, transparente y documentado. La discusión de fondo ya está instalada, el recurso necesita reglas estables para proteger biomasa, inversión, empleo, seguridad operativa y exportaciones.

    Argentina tiene un antecedente probado en la merluza, un marco legal vigente en la Ley 24.922 y una pesquería de langostino que sostiene el mayor ingreso exportador del sector. El paso siguiente será definir si el principal producto pesquero del país continúa administrado bajo decisiones de temporada o si ingresa en una etapa de sostenibilidad biológica, previsibilidad, responsabilidad, sustentabilidad económica y planificación sectorial.

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