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    CEPA rectifica la liquidación del aguinaldo y pacta con SIMAPE un nuevo convenio colectivo

    AntonellaPor Antonella23 de julio de 20265 Minutos
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    Tras el entendimiento alcanzado días atrás con CAIPA, el conflicto por la liquidación del SAC sumó este martes un nuevo capítulo con la firma de un acta entre el sindicato y CEPA. Las empresas abonarán la diferencia en los recibos de julio y diciembre y ambas partes iniciarán una negociación para un futuro convenio colectivo.

    El Sindicato Marítimo de Pescadores (SIMAPE) y el Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA) alcanzaron un acuerdo sobre la liquidación del Sueldo Anual Complementario (SAC) del personal embarcado y resolvieron abrir la negociación de un futuro Convenio Colectivo de Trabajo.

    El entendimiento quedó asentado el miércoles 22 de julio en una audiencia celebrada en la Agencia Territorial Mar del Plata de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. La reunión comenzó a las 10 y concluyó a las 12.

    Por SIMAPE participaron el secretario general, Pablo Trueba, y el secretario de Organización, Rubén Mario Sosa. CEPA estuvo representado por Oscar Gerez, apoderado de la entidad, y María Fernanda Grimaldi, gerente. La audiencia fue conducida por el funcionario Mario Cejo, acompañado por el secretario gremial Julio Ramírez, el secretario adjunto Leonardo Damiani y el secretario de Prensa Eric Vázquez.

    El conflicto llegó primero al muelle

    El acuerdo fue alcanzado una semana después que las diferencias por la liquidación del aguinaldo produjeran su primera consecuencia sobre la operatoria pesquera. El 14 de julio, el SIMAPE impidió la zarpada del buque fresquero Virgen María, perteneciente al Grupo Solimeno, luego de que la empresa calculara el SAC mediante un promedio salarial.

    El buque, de 57 metros de eslora, tenía prevista su salida desde el puerto de Mar del Plata y permaneció amarrado tras la intervención sindical. En paralelo, tripulaciones de buques tangoneros de otras empresas comenzaron a trabajar a reglamento, con la decisión de completar las mareas, regresar a puerto y mantener las unidades amarradas hasta la revisión de las liquidaciones.

    La disputa comprendía dos regímenes convencionales. Para la flota congeladora, el reclamo se apoyaba en el CCT 580/10 y alcanzaba a empresas vinculadas con CEPA. En la flota fresquera de altura, regida por el CCT 586/10, la discusión involucró a compañías representadas por CAIPA. Las empresas agrupadas en CAABPA habían aplicado el criterio acordado con el sindicato y mantuvieron sus buques operativos.

    El SIMAPE frenó la zarpada del Virgen María por diferencias en la liquidación del aguinaldo

    Antes de trasladar la medida al muelle, SIMAPE había iniciado actuaciones ante la Agencia Territorial Mar del Plata contra empresas congeladoras por diferencias en el SAC, conceptos salariales y obligaciones previstas en el convenio colectivo. También presentó una actuación específica contra CEPA y solicitó la intervención de la autoridad laboral.

    El planteo sindical señalaba que el CCT 580/10 establece el cálculo del aguinaldo sobre el 50% de la mejor remuneración mensual devengada durante el semestre e incorpora las sumas transitoriamente calificadas como no remunerativas. La liquidación mediante un promedio distribuía los meses de mayores ingresos a lo largo del período y reducía el resultado para trabajadores cuya remuneración mantiene una relación directa con la producción, la duración de las mareas y el volumen capturado.

    El conflicto también puso en discusión la coexistencia de distintos criterios legales. La Ley 23.041 determina para la actividad privada el 50% de la mayor remuneración mensual del semestre, mientras que el artículo 676 de la Ley de Navegación 20.094 dispone para el personal embarcado la doceava parte de las sumas liquidadas como salario durante el año calendario o durante la vigencia del contrato.

    La audiencia del 22 de julio trasladó esa controversia desde la acción gremial sobre la flota hacia una solución acordada entre SIMAPE y CEPA: pagar las diferencias de 2026 mediante un plus específico y aplicar desde 2027 la legislación correspondiente al personal embarcado.

    Diferencias del aguinaldo

    El punto inmediato del acuerdo comprende la diferencia entre el cálculo del SAC aplicado hasta ahora por las empresas y el mecanismo correspondiente según la legislación que regula al personal de la navegación.

    Para resolver esa diferencia durante 2026, SIMAPE y CEPA acordaron incorporar los importes en los recibos de sueldo de julio y diciembre, identificados bajo el concepto de “plus diferencial”.

    El acta establece además que, desde 2027, el aguinaldo del personal embarcado será liquidado conforme a la legislación aplicable. De este modo, el entendimiento fija una solución para los dos pagos de 2026 y determina el criterio que deberá utilizarse en los ejercicios siguientes.

    El documento evita cuantificar una suma uniforme. El valor dependerá de la liquidación individual correspondiente a cada trabajador, de acuerdo con las remuneraciones computables y la diferencia resultante entre ambos mecanismos de cálculo.

    El segundo compromiso abre una instancia de mayor alcance. Las partes acordaron presentar el listado de integrantes de una comisión paritaria que tendrá a su cargo la negociación de un futuro Convenio Colectivo de Trabajo.

    La conformación de esa mesa permitirá discutir dentro de un marco formal las condiciones laborales aplicables a los pescadores embarcados comprendidos por la representación sindical de SIMAPE y las empresas agrupadas en CEPA.

    El acta firmada ante la autoridad laboral deja así dos decisiones concretas: el pago de las diferencias del SAC durante 2026 y la aplicación del régimen legal correspondiente desde 2027. La presentación de los representantes paritarios será el próximo paso para iniciar la discusión del nuevo convenio colectivo.

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    Universidad Nacional de Mar del Plata — Facultad de Derecho. Abogada - Periodista - Dirección PESCARE

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