Ordenan que se detenga el dragado del puerto de Rawson. Lo hizo una jueza quien dictaminó que la empresa detenga la operatoria en el río Chubut.
Habíamos anticipado acerca de una medida cautelar emitida oportunamente.
La medida adoptada por la titular del Juzgado Universal de Rawson Amorina Testino, le indica a la empresa Sudelco S.A. que cese en el dragado y refulado de los sedimentos hacia Playa Unión en la provincia del Chubut.
Quien realizó la presentación del amparo fue el propio intendente de Rawson Damián Biss, quien había pedido se detengan los trabajos hasta que se pueda determinar si los desechos que se estaban vertiendo al mar podrían ser contaminantes, por lo que se intimó a la empresa que está a cargo del dragado, debe detener de manera inmediata sus trabajos, hasta tanto se pueda acreditar en el expediente si los líquidos, los sedimentos y el mismo refulado no afectan al medio ambiente y a la salud de la población.
El documento al que tuvo acceso PESCARE indica que de acuerdo al art. 47 del Código Ambiental de Chubut, se prohíbe el vertido en el mar de jurisdicción provincial de las siguientes sustancias:
- Compuestos orgánicos halogenados y otros compuestos que puedan formar tales sustancias en el ambiente marino, con excepción de aquellos que no sean tóxicos o que se transformen rápidamente en el mar en sustancias biológicamente inocuas.
- Compuestos orgánicos, de silicio u otros compuestos que puedan formar tales sustancias en el ambiente marino, con excepción de aquellos que no sean tóxicos o que se transformen rápidamente en el mar en sustancias biológicamente inocuas.
- Sustancias que sean definidas como cancerígenas, dadas las condiciones de su eliminación.
- Mercurio y sus compuestos.
- Cadmio y sus compuestos.
- Plásticos persistentes y otros materiales sintéticos persistentes que puedan flotar o quedar en suspensión en el mar y capaces de obstaculizar seriamente la pesca, la navegación, las posibilidades de esparcimiento, la fauna marina y otros usos legítimos del mar.
- Petróleo crudo, fuel-oil, aceite pesado diesel y aceites lubricantes, fluidos hidráulicos y mezclas que contengan esos hidrocarburos.
- Desechos químicos y materiales radioactivos.
La Resolución indica además que se debe “ordenar a las demandadas a instalar, en el término de 24 horas, medidas de seguridad en el sector en el que se iniciaron los trabajos, que impidan el acceso de las personas al sector y cartelería suficiente que advierta el peligro que ello conlleva”.
Vale destacar que el juez Marcelo Peral, declaró la incompetencia de la Cámara Civil y giró el amparo al Juzgado Universal.
Luego de la medida cautelar innovativa solicitada por la Municipalidad de Rawson ante las tareas de dragado, documento que fue firmado por el asesor legal Ricardo Furci, el juez de la Cámara Civil y Comercial de Trelew, Marcelo Peral, declaró la incompetencia de dicha cámara, por lo que las actuaciones fueron remitidas al Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Rural y de Minería de Rawson, denominado también Juzgado Universal a cargo de la Dra. Testino, quien hizo lugar al pedido del Municipio para detener el volcado de los sedimentos en la costa de Playa Unión, hasta que se garantice que no contamina y se haga un cerramiento del área en la que está emplazado el caño que desagota.
Ante la inminente preocupación de los vecinos de Playa Unión, estos se autoconvocaron para solicitar se paralice la obra ya que sostienen se están contaminando sus costas, por lo cual la Fiscal de Rawson Florencia Gómez se hizo presente en el lugar del vertido de líquidos al mar, fiscalizando la realización y un nuevo muestreo, el cual responde a otra solicitud de la Fiscal a Prefectura Naval Argentina, quien dispuso por cercanía enviar personal de las fuerzas de la ciudad de Puerto Madryn, tratándose de una comisión especializada en el análisis de aguas contaminadas, cumpliendo con el protocolo vigente, cuyas muestras serán enviadas a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para ser analizadas.