El Consejo Federal Pesquero resolvió habilitar la pesca de langostino en aguas de jurisdicción nacional, fuera de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (ZVPJM), a partir del 15 de abril, tras evaluar la recomendación técnica del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP).
La decisión fue adoptada por unanimidad durante la última reunión del organismo, luego de tomar conocimiento de la Nota DNI N° 31/2026, en la que el instituto científico analizó el estado del recurso y la viabilidad de avanzar con la apertura.
De acuerdo con el informe elevado al CFP, el INIDEP indicó que, en función de las condiciones actuales del langostino, no se identifican impedimentos biológicos para habilitar la actividad pesquera fuera de la zona de veda.
El organismo destacó además que las medidas de protección del proceso reproductivo implementadas desde octubre de 2025 contribuyeron a reducir la mortalidad por pesca durante ese período, favoreciendo el desarrollo del recurso.
A esto se suman los resultados de la última campaña estival, que evidenciaron indicios positivos en la población, reforzando la recomendación de avanzar con la apertura.
Con este escenario, el CFP resolvió habilitar formalmente la actividad en aguas nacionales fuera de la ZVPJM y dispuso que la Coordinación Institucional comunique la medida a la Autoridad de Aplicación y al propio INIDEP.
La decisión marca el inicio de una nueva etapa para la flota tangonera, que venía aguardando definiciones en un contexto de preparativos operativos y expectativa en torno al inicio de la temporada.
La habilitación se da luego que la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera emitiera una aclaratoria sobre los certificados de despacho otorgados a buques langostineros.
En ese documento del día 9 de abril pasado, se había precisado que los despachos tenían un carácter estrictamente logístico y que no habilitaban a realizar tareas de pesca, advirtiendo además que cualquier maniobra previa a la decisión formal sería considerada una infracción.
Con la resolución del CFP ya vigente, ese escenario queda superado y la actividad puede avanzar ahora bajo el marco regulatorio correspondiente.






